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Reclamación de Salarios, Horas Extra y Finiquitos

Tu salario es sagrado. Si tu empresa no te paga la nómina, te debe horas extra, pluses o no te ha abonado el finiquito correctamente, en C&Co. Legal actuamos con contundencia. Somos abogados laboralistas expertos en reclamaciones de cantidad en Madrid, garantizando que recuperes hasta el último céntimo de lo que te pertenece, con el recargo legal del 10% por demora.

Recuperamos todo tu dinero impagado

1. Reclamación de Nóminas Impagadas y Atrasos

Iniciamos el proceso SMAC y judicial para reclamar los salarios no abonados del mes actual y pasados, incluyendo las diferencias salariales si te están pagando menos de lo que marca el Convenio.

2. Reclamación de Horas Extra y Jornadas Excesivas

Calculamos y reclamamos todas las horas extraordinarias trabajadas y no cobradas ni compensadas. Usamos la legislación sobre registro de jornada a tu favor para forzar el pago.

3. Reclamación de Finiquito e Indemnización Final

Auditanos tu propuesta de finiquito tras finalizar el contrato. Reclamamos vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extra y cualquier cantidad pendiente de abono por liquidación.

¿Te deben dinero?

No trabajes gratis. El plazo para reclamar nóminas, horas extra o finiquitos es de solo un año. Actuamos para recuperar todo tu dinero con el 10% de interés.

Dudas legales sobre impagos salariales.

Respuestas técnicas sobre plazos de reclamación (un año), horas extra, finiquitos mal calculados, intereses de demora del 10% y el proceso SMAC y judicial en Madrid.

El plazo para reclamar cualquier cantidad salarial impagada (nóminas, horas extra, pluses, etc.) es de UN AÑO desde la fecha en que debieron pagarse. Si no reclamas dentro de este año, la deuda prescribe y perderás el derecho a cobrar ese dinero. Es vital actuar antes de que pase el año.

Sí, puedes reclamarlas. La empresa tiene la obligación de llevar un registro diario de jornada. Si no lo tiene o es falso, la ley presume que las horas que tú alegues son ciertas, salvo que la empresa demuestre lo contrario. Mensajes, emails, testigos o tu propio cuadrante pueden servir como prueba adicional.

El Estatuto de los Trabajadores establece que el impago de salarios genera un interés por mora del 10% anual sobre la cantidad adeudada. Nuestra reclamación siempre incluye este 10% adicional como penalización para la empresa y compensación para ti por el retraso.

Rotundamente NO. Dejar de ir a trabajar sin una sentencia judicial que extinga el contrato se considera baja voluntaria y perderás el derecho a indemnización y a paro. Lo correcto es seguir trabajando mientras reclamamos judicialmente las cantidades e incluso solicitamos la extinción del contrato por impago.