C&Co. Logo

Reclamación de Cantidad y Conflictos Económicos en Madrid

No permita que un incumplimiento económico afecte a su estabilidad financiera. Gestionamos la reclamación de cantidades debidas mediante estrategias legales precisas, orientadas a la recuperación efectiva de sus activos, ya sea mediante negociación técnica o ejecución judicial.

Nuestra estrategia de recuperación

1. Auditoría de Activos y Documentación

Evaluamos la solidez de la prueba (facturas, contratos, albaranes, comunicaciones). Determinamos si la reclamación tiene la suficiente fuerza jurídica para prosperar sin dilaciones innecesarias.

2. Reclamación Técnica (Pre-judicial)

Más allá del simple aviso, enviamos un requerimiento legalmente fundamentado que posiciona la deuda para una posible ejecución, forzando la negociación o el reconocimiento de deuda.

3. Acciones Judiciales de Reclamación

Si la vía amistosa fracasa, iniciamos el procedimiento judicial adecuado (Monitorio, Verbal u Ordinario) para obtener una sentencia condenatoria y proceder al embargo de activos si fuera necesario.

¿Tienes una cantidad pendiente?

No permitas que un impago afecte a tu cuenta de resultados. Analizamos tu caso y ejecutamos la reclamación más efectiva.

Dudas legales sobre reclamaciones de cantidad.

Resolvemos las preguntas más frecuentes sobre procedimientos judiciales, intereses de demora y viabilidad de reclamaciones económicas.

El procedimiento monitorio es una vía específica y rápida para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas y vencidas. La 'reclamación de cantidad' es el concepto jurídico genérico; dependiendo de la cuantía y la complejidad (si hay controversia sobre si la deuda existe o no), deberemos elegir entre un juicio verbal, ordinario o un monitorio.

Absolutamente. En reclamaciones de cantidad entre empresas o profesionales, legalmente se devengan intereses de demora conforme a la Ley de Lucha contra la Morosidad. Nuestra estrategia incluye siempre la reclamación de estos intereses para que el importe final sea íntegro.

No siempre. Antes de la vía judicial, realizamos una mediación técnica. A menudo, un escrito redactado por abogados que analiza las consecuencias legales de no pagar es suficiente para que el deudor acceda a un plan de pagos sin necesidad de llegar a juicio.

Si hay controversia sobre la existencia de la cantidad, el procedimiento monitorio se transforma en un juicio verbal u ordinario. En ese caso, nuestro papel es construir una narrativa legal sólida basada en la prueba documental para convencer al juez de la procedencia de su reclamación.