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Recuperación de Deuda y Protección Patrimonial en Madrid

Protegemos la liquidez de su empresa. Diseñamos estrategias legales de cobro basadas en un estudio riguroso de solvencia, agotando la vía extrajudicial con firmeza para recuperar su capital de forma ágil y confidencial.

¿Cómo recuperamos tu dinero?

1. Estudio de Viabilidad y Solvencia

Antes de iniciar cualquier acción, investigamos la situación real del deudor. Si no hay patrimonio o liquidez, te lo decimos de frente para no generar falsas expectativas ni gastos innecesarios.

2. Reclamación Extrajudicial Contundente

Agotamos la vía amistosa con requerimientos formales que dejan constancia fehaciente de la deuda, logrando en muchos casos el cobro sin pisar los tribunales.

3. Vía Judicial (Proceso Monitorio y Ordinario)

Si el deudor se niega a pagar, activamos la maquinaria judicial para obtener el embargo de sus cuentas y bienes en el menor tiempo posible.

¿Te deben dinero?

Actúa antes de que la deuda prescriba. Cuéntanos tu caso y evaluaremos la viabilidad de la reclamación.

Dudas frecuentes sobre deudas e impagos.

Respuestas claras a las preguntas que más nos hacen empresas y autónomos antes de iniciar la recuperación de su dinero.

Sí. No es imprescindible tener un contrato firmado. Para que un juez admita la reclamación, podemos presentar correos electrónicos, presupuestos aceptados, albaranes de entrega, mensajes de WhatsApp o el propio historial de facturación previa.

La ley establece un plazo general de 5 años para reclamar facturas impagadas o deudas derivadas de relaciones comerciales. Sin embargo, recomendamos actuar en los primeros 6 meses, antes de que la empresa deudora se declare en concurso de acreedores o cierre.

Nuestro primer paso siempre es la vía extrajudicial. Enviamos un burofax redactado por abogados exigiendo el pago. En un alto porcentaje de los casos, la presión de recibir una notificación formal de un despacho jurídico es suficiente para que el deudor pague sin pisar los tribunales.

Si el proceso llega a la vía judicial (como un procedimiento ordinario) y la sentencia obliga al deudor a pagar el 100% de la cantidad reclamada, el juez suele condenarle en costas. Esto significa que el deudor terminará pagando los honorarios de su abogado y procurador.