Abogados en Madrid, Barcelona y toda España
carolinoliv@icam.es+34 638 012 696
C&Co. Logo
Legal Experts
Volver al inicioContacto

Cómo reclamar una factura impagada entre empresas cuando el cliente niega el servicio prestado

AutorCaroline
Fecha de publicación8/1/2026
Cómo reclamar una factura impagada entre empresas cuando el cliente niega el servicio prestado

Cómo reclamar una factura impagada entre empresas cuando el cliente niega el servicio prestado

Una factura vencida no siempre se convierte en una reclamación sencilla.

En muchos conflictos entre empresas, el deudor no se limita a guardar silencio. Cuando recibe el requerimiento de pago, responde que el trabajo estaba incompleto, que no aprobó el presupuesto, que el servicio no produjo el resultado esperado o que la persona que realizó el encargo no tenía autorización suficiente.

En estos casos, la cuestión principal no es únicamente demostrar que existe una factura. Hay que acreditar por qué se emitió, qué servicio se contrató, cómo se ejecutó y cuándo debía pagarse.

¿Se puede reclamar una factura sin contrato firmado?

Sí. La ausencia de un contrato formal firmado no impide necesariamente reclamar.

Las relaciones mercantiles pueden acreditarse mediante un conjunto de documentos y comunicaciones, entre otros:

  • presupuestos enviados y aceptados;
  • pedidos u órdenes de trabajo;
  • correos electrónicos;
  • conversaciones profesionales por WhatsApp;
  • albaranes;
  • informes de ejecución;
  • entregables digitales;
  • accesos concedidos al cliente;
  • actas de reuniones;
  • facturas anteriores pagadas bajo la misma dinámica;
  • comunicaciones en las que el cliente reconoce la deuda o solicita un aplazamiento.

El análisis debe realizarse sobre el conjunto de la relación comercial. Una factura emitida unilateralmente tiene un valor probatorio limitado si no puede conectarse con un encargo real y con la ejecución del servicio.

Por ello, antes de reclamar conviene reconstruir cronológicamente la operación:

Quién solicitó el servicio.

Qué condiciones fueron aceptadas.

Qué debía entregar cada parte.

Qué trabajo se realizó.

Cuándo se entregó.

Qué objeciones formuló el cliente y en qué momento.

Cuándo venció la obligación de pago.

¿Qué ocurre si el cliente afirma que el servicio fue defectuoso?

La mera afirmación del deudor no elimina automáticamente la deuda.

Debe analizarse si la objeción:

  • fue formulada durante la prestación o solo después del vencimiento;
  • se refiere a un incumplimiento concreto;
  • aparece respaldada por documentación;
  • afecta a todo el servicio o únicamente a una parte;
  • fue respondida o corregida por el proveedor;
  • contradice mensajes anteriores de conformidad.

Es especialmente relevante comprobar si el cliente utilizó el trabajo entregado, obtuvo un beneficio de él o continuó solicitando nuevas actuaciones después del supuesto incumplimiento.

Una negativa genérica del tipo «el servicio no fue satisfactorio» no tiene el mismo valor que una comunicación contemporánea, detallada y documentada que identifique incumplimientos concretos.

Requerimiento previo: no basta con reenviar la factura

Antes de iniciar una reclamación judicial debe enviarse un requerimiento estructurado.

Este documento no debería limitarse a indicar que existe una cantidad pendiente. Debe identificar:

  • las partes;
  • la relación contractual;
  • las facturas reclamadas;
  • la fecha de vencimiento;
  • el importe principal;
  • el trabajo realizado;
  • la documentación que acredita el encargo;
  • los intereses y costes reclamables;
  • el plazo concedido para pagar o formular una propuesta;
  • el medio para responder.

Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, la negociación previa constituye, con carácter general, un requisito de procedibilidad para los procesos civiles declarativos y especiales, salvo las excepciones legales. El intento debe quedar documentado y debe existir correspondencia entre el objeto negociado y el posterior litigio.

Esto significa que un simple correo informal reclamando «lo pendiente» puede no ser la mejor forma de preparar el procedimiento.

La reclamación extrajudicial debe diseñarse también pensando en una posible demanda posterior.

Intereses de demora en operaciones entre empresas

Cuando la deuda deriva de una operación comercial, el acreedor que ha cumplido sus obligaciones puede tener derecho a intereses de demora desde el incumplimiento del plazo de pago, sin necesidad de un requerimiento previo para que se produzca el devengo.

Si no existe un tipo pactado, la Ley 3/2004 establece un tipo legal calculado tomando el tipo de la operación principal de financiación del Banco Central Europeo y añadiendo ocho puntos porcentuales. Para el segundo semestre de 2026, el tipo legal de demora aplicable a operaciones comerciales es del 10,40 % anual.

Además, la Ley reconoce:

  • una cantidad fija de 40 euros por costes de cobro;
  • y, cuando se acrediten, los costes adicionales de recuperación que superen dicha cantidad.

La cuantificación debe realizarse correctamente, diferenciando principal, intereses, costes y, en su caso, impuestos.

¿Procedimiento monitorio o demanda declarativa?

El procedimiento monitorio puede utilizarse para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles que estén documentadas.

Sin embargo, no siempre es la vía más conveniente.

Si es previsible que el deudor se oponga alegando incumplimiento contractual, defectos del servicio, compensación o falta de autorización, debe anticiparse cómo evolucionará el procedimiento después de la oposición.

La elección depende de factores como:

  • importe de la deuda;
  • calidad de la documentación;
  • domicilio y solvencia del deudor;
  • existencia de una controversia técnica;
  • posibilidad de solicitar medidas cautelares;
  • riesgo de concurso;
  • costes procesales;
  • necesidad de prueba pericial o testifical.

Presentar rápidamente un monitorio no siempre equivale a reclamar mejor. En ocasiones es preferible preparar desde el inicio una reclamación contractual completa.

Señales de que la deuda debe reclamarse inmediatamente

La empresa acreedora no debería seguir esperando cuando:

  • el deudor ha dejado de contestar;
  • solicita aplazamientos sin realizar ningún pago;
  • cambia repetidamente de explicación;
  • devuelve recibos;
  • acumula deudas con otros proveedores;
  • modifica su domicilio o estructura societaria;
  • aparecen incidencias públicas de solvencia;
  • continúa utilizando el servicio sin pagar;
  • se aproxima el plazo de prescripción.

Esperar puede reducir las posibilidades reales de cobro, incluso aunque posteriormente se obtenga una sentencia favorable.

Qué debe entregar la empresa a su abogado

Para realizar una valoración útil conviene aportar:

  • contrato, presupuesto o propuesta;
  • factura o facturas pendientes;
  • justificantes de entrega;
  • correos y conversaciones relevantes;
  • reclamaciones anteriores;
  • respuesta del deudor;
  • datos completos de la sociedad;
  • cronología breve;
  • información sobre pagos parciales;
  • cualquier dato conocido sobre su solvencia.

No es necesario remitir indiscriminadamente cientos de mensajes. La documentación debe organizarse para identificar el encargo, el cumplimiento y el impago.

Cómo puede ayudar C&Co. Legal Experts

En C&Co. Legal Experts analizamos reclamaciones de cantidad derivadas de relaciones entre empresas, autónomos y proveedores profesionales.

La intervención puede comprender:

  • revisión jurídica de la documentación;
  • reconstrucción de la relación contractual;
  • cálculo de principal e intereses;
  • requerimiento extrajudicial;
  • negociación documentada;
  • valoración de solvencia;
  • procedimiento monitorio;
  • demanda declarativa;
  • ejecución judicial.

El objetivo no es iniciar un procedimiento automáticamente, sino determinar qué estrategia ofrece una mejor relación entre coste, tiempo, prueba disponible y posibilidades reales de recuperación.

¿Tu cliente niega el servicio y mantiene una factura impagada?

Envía una descripción breve de la operación, el importe pendiente, la fecha de vencimiento y la documentación disponible.

Tras un primer filtro, te indicaremos si el asunto encaja con las áreas del despacho y cómo contratar una consulta jurídica para valorar la reclamación.

¿Necesita asistencia profesional?

Nuestro equipo está a su disposición para analizar su caso con rigor, confidencialidad y una estrategia adaptada a sus intereses.

Solicitar consulta jurídica

Criterio y rigor jurídico

Cada asunto se estudia desde su base legal y documental antes de iniciar cualquier actuación profesional.

Solicitar consulta

¿Tienes dudas sobre este tema?

Contacta con nuestro despacho en Madrid para una valoración individualizada de tu situación.

Llámanos al +34 638 012 696
C&Co. Legal Experts

Asesoramiento y defensa legal especializada con una estrategia clara, rigurosa y orientada a soluciones realistas.

Contacto

carolinoliv@icam.es+34 638 012 696

Información Legal

  • Aviso Legal
  • Política de Privacidad
  • Política de Cookies
  • Términos de Servicio

© 2026 C&Co. Legal Experts. Todos los derechos reservados.

Diseñado y desarrollado por Víctor Oliveira