El Tribunal Supremo corrige el nuevo Reglamento de Extranjería: Claves de la sentencia
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia determinante sobre el Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024). Si bien el Alto Tribunal ha avalado la estructura general de la reforma impulsada por el Gobierno, ha introducido correcciones fundamentales en materias críticas como la protección de menores, la unidad familiar y el acceso a los procedimientos administrativos.
Protección reforzada para menores extranjeros
La sentencia es especialmente protectora con el interés superior del menor:
- Acceso a residencias: Se anulan las restricciones que impedían acceder a autorizaciones de residencia por el mero hecho de que el menor estuviera casado.
- Atención incondicional: El Tribunal declara ilegal cualquier previsión que suavizara la obligación de las Administraciones de prestar atención inmediata a menores no acompañados.
- Vínculos familiares: Se anulan las normas que ignoraban automáticamente medidas de protección o tutelas constituidas conforme al Derecho extranjero, obligando a España a reconocer los vínculos amparados por convenios internacionales.
Fin de la denegación automática por antecedentes penales
Uno de los puntos más relevantes es la corrección en la valoración de los antecedentes penales. El Supremo anula los preceptos que permitían la denegación automática de autorizaciones. A partir de ahora, la Administración deberá realizar una valoración individualizada, ponderando la gravedad del delito, el tiempo transcurrido y la situación familiar, especialmente cuando estén en juego derechos de ciudadanos europeos.
Arraigo y solicitantes de asilo: Se mantiene la restricción
El Tribunal ha respaldado la posición del Gobierno en un eje central de la reforma: se impide que los solicitantes de asilo accedan simultáneamente a autorizaciones de arraigo mientras su solicitud siga pendiente. Asimismo, el tiempo como solicitante de asilo no computará para acreditar el periodo de arraigo exigido.
Otras rectificaciones clave
- Empresas de Trabajo Temporal (ETT): Se anula la prohibición que impedía a las ETT contratar trabajadores extranjeros para actividades de temporada, por falta de cobertura legal suficiente.
- Brecha digital: Se declara ilegal la obligación generalizada de relacionarse exclusivamente por vía electrónica con la Administración, al no justificarse que todos los colectivos afectados dispongan de las capacidades técnicas necesarias.
- Familiares de españoles: La Sala valida en líneas generales el nuevo régimen, rechazando la obligatoriedad de equipararlo plenamente al de los familiares de ciudadanos comunitarios que han ejercido la libre circulación.
¿Cómo impacta esta resolución en su expediente?
Esta sentencia modifica el escenario jurídico, eliminando automatismos que perjudicaban a familias y menores, pero consolidando restricciones para los solicitantes de asilo. En C&Co. auditamos expedientes en curso para aplicar esta nueva doctrina jurisprudencial. Si su procedimiento se encuentra paralizado o ha sido denegado, solicite una consulta técnica para reevaluar la viabilidad de su caso.